En los fundamentos de la resolución, se señala que el acuerdo “no resulta conveniente a los intereses del Estado municipal, toda vez que deviene en oneroso para el ciudadano o ciudadana que desee tramitar la Licencia Nacional de Conducir tener que consultar, con carácter previo a tramitar la misma al Cenat y más aún, abonar en caso de existir infracciones cometidas en extraña jurisdicción”.
El Ejecutivo municipal, en los términos de la cláusula décima segunda, además denunció el mencionado convenio y en lo inmediato comienza a regir un plazo de 90 días para que la Agencia Nacional de Seguridad Vial disponga el cese de la condición del pago de las multas de otras jurisdicciones.