Espejito rebotín: la doctrina del “a mí me rebota y a vos te explota”

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Por Néstor Belini

El pronunciamiento de la Corte Suprema en el proceso que destituyó a Cecilia Goyeneche, y la detención del senador entrerriano, Edgardo Kueider, en Paraguay, exhiben de manera incontrastable cómo las “interpretaciones” de las normas y de las dinámicas políticas responden más a hegemonías construidas sigilosa y pacientemente en la Justicia y la Política, que al apego a la “institucionalidad” que todos los sectores recitan. Peligrosamente, la primera desciende vertiginosamente —como la clase media y trabajadora en la economía— hacia el “fango” en que se sumió a la segunda tras décadas de denostación sistemática y mentirosa.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) –en una de sus integraciones más cuestionadas y degradadas en décadas– sacudió el tablero político-judicial entrerriano, que creía haber alcanzado cierta calma tras haber sorteado las distintas instancias recursivas en los procesos que se sustancian contra el ex gobernador, Sergio Urribarri y compañía, y en los pedidos de apertura de juicio político contra la vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia, Gisela Schumacher, precisamente por resoluciones relacionadas con la situación procesal del ex gobernador, condenado en sentencia que aún no está firme y con dos importantes causas en proceso de remisión de juicio.

Fue con la resolución que dejó sin efecto la destitución de la ex procuradora general adjunta de la provincia, Cecilia Goyeneche, que el 24 de mayo de 2022 fue separada del cargo por el Honorable Jurado de Enjuiciamiento (HJE) de Entre Ríos, por las causales de “conducta pública o privada incompatible con las funciones a su cargo” y “mal desempeño de sus funciones”.

Para hacer lugar al recurso de queja que presentó Goyeneche contra la resolución del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia, que rechazó el recurso extraordinario federal para recurrir ante la Corte la decisión del HJE, los supremos evaluaron que “para resolver de ese modo, el órgano juzgador desestimó las cuestiones preliminares planteadas por la enjuiciada y tuvo por probados los hechos que se le imputaron. Sobre esa base, consideró que Goyeneche había incumplido sus deberes como fiscal en la causa ‘Beckam’ (N de la R: se trata de la causa Contratos, que investiga la presunta sustracción de millonarias sumas de dinero en la Legislatura entrerriana durante la década 2008-2018), lo que le imponía llevar a cabo una investigación objetiva y transparente y la obligaba a inhibirse en caso de tener alguna relación con los imputados”. 

En el jury se corroboró la relación comercial que unió a Goyeneche con Pedro Opromolla, imputado en aquella causa, que la fiscal había negado en una audiencia oral y pública ante una jueza de la Constitución. También quedó expuesta la relación que Sebastián Orlando Bertozzi, esposo de la ex fiscal, mantenía con Opromolla a partir de compartir una amistad y negocios en el Estudio Asesoría Integral, que fue allanado en el contexto de aquella causa.

La Corte sopesó que “más concretamente, el Jurado explicó que la funcionaria conocía el vínculo del contador Opromolla con el ilícito desde el comienzo de la investigación. Destacó que la propia Goyeneche había reconocido esa circunstancia, aunque la había minimizado al afirmar que solo se trataba de un ‘estado de sospecha’ que fue ‘confirmándose’ con el devenir de la pesquisa. Le reprochó que, pese a ello, tardó más de seis meses en apartarse de la causa, cuya coordinación investigativa estaba a su exclusivo cargo”.

Caminito
La Corte señaló que contra aquel pronunciamiento que la destituyó, Goyeneche dedujo un recurso de inconstitucionalidad local que fue rechazado por el STJ de Entre Ríos. Contra esta sentencia, Goyeneche dedujo recurso extraordinario federal, cuya denegación dio origen a la queja que se resolvió, en una primera lectura, a su favor. Previamente, tal como lo detalla puntillosamente la Corte, Goyeneche utilizó todas las instancias procesales que habilitan las normas. Es su derecho. Es el de todos los ciudadanos sometidos a proceso o con condenas que no están firmes. Es un derecho custodiado celosamente por la Constitución Nacional y la Provincial. Derecho que el sector que la sostuvo con tesón les niega a determinados actores de la vida institucional y política provincial, pero no se opone o concede con prodigalidad, cuando se trataría de los “nuestros”.

Naturaleza
La Corte precisó que “el proceso de remoción de un magistrado tiene una naturaleza esencialmente política, por cuanto su objetivo reside, antes que en sancionar al acusado, en determinar si este ha perdido los requisitos que la Constitución y la ley exigen para el desempeño de una función de alta responsabilidad”. En este sentido, añadió que “esa especificidad explica que el juicio político no pueda equipararse llanamente a una causa judicial; que las exigencias formales durante su trámite revistan una mayor laxitud; y que el control judicial posterior sobre sus resultados se realice bajo un estándar deferente”.

Así, resaltó que “resultan plenamente aplicables al caso las consideraciones realizadas por esta Corte en Fallos… respecto al derecho que tienen los funcionarios y magistrados destituidos en procedimientos políticos a obtener la revisión judicial del veredicto” y desarrolló dos argumentos en los “que ese derecho encuentra sustento”. Aquel derecho, que alcanza a todos los ciudadanos en conflicto con la ley, podría trasladarse, en un intento de fortalecer las instituciones, al ámbito judicial cuando se trata de funcionarios políticos.

Paralelismos
Aclarada la naturaleza de ambos procedimientos, el jurídico y el político, lo que se observa es una correspondencia respecto de los pasos que fueron dando Goyeneche y Urribarri para mejorar sus situaciones. Los dos acudieron a las instancias que establecen las leyes. Si hubo algo extrajudicial, debería ser investigado porque, si no se lo hace, alimenta la fantasía de la sociedad respecto de los privilegios que gozarían determinados ciudadanos, sean funcionarios judiciales, políticos o empresarios.

Aquella correspondencia se quiebra cuando se sostiene que en un caso es “oscura”, “espuria”, “dilatoria” y pensada “para amedrentar a fiscales y magistrados”; y en el otro que se trata de “una lucha contra la corrupción” y un “intento de sacar de la cancha a la funcionaria que investigó la corrupción en Entre Ríos”. Los últimos acontecimientos echan por tierra los dos escenarios. Si tuviera asidero en la realidad que Goyeneche fue separada para “beneficiar a los corruptos”, Urribari no debió ser condenado y sus otras causas debieron archivarse con la celeridad con la que se archivan o cajonean investigaciones contra funcionarios de la gestión de Rogelio Frigerio.

Cualquiera que sea la manera en que se resuelva lo dispuesto por la Corte, un nuevo jury o una nueva sentencia con un nuevo jurado y el acusador natural a partir de lo ya producido, resulta difícil pensar en un resultado diferente, habida cuenta que los supremos no solo que no abordaron los motivos del HJE para destituir a Goyeneche, sino que en la misma resolución desestimaron otros planteos importantes de la ex fiscal y solo acogieron dos, no menores, pero vinculados a cuestiones formales. Las evidencias son sólidas, como lo fueron sus planteos sobre la integración del Jurado de Enjuiciamiento y el apartamiento del MPF de la acusación. Pero se trata de hecho y prueba y en este escenario no la tiene fácil.

Espejito rebotín II
La noticia de la detención en Paraguay del senador nacional por Entre Ríos, Edgardo Kueider, cuando intentaba pasar por la frontera con más de 200.000 dólares y pesos y guaraníes, impactó muy fuerte en Entre Ríos, no solo por la procedencia del senador, sino porque puso en crisis la debilitada estructura política del Partido Justicialista (PJ), que en la última elección perdió la conducción de los gobiernos nacional y provincial.

El affaire Kueider también puso en crisis el vector más sólido con el que Javier Milei conquistó el favor popular: la diabólica “casta” política, “empobrecedora” y “corrupta”.

El tema es complejo y merece abordajes específicos. Acá solo alcanzará con señalar que el silencio del gobierno nacional respecto de su, por ahora, más fuerte activo; las tibias manifestaciones que no condenaron con el énfasis y la violencia con que sí se lo hizo en cuestiones de menor gravedad; y el intento infantil de despegarse del legislador que fue la llave para sancionar la Ley Bases, destruyen la falacia con la que La Libertad Avanza (LLA) logró hipnotizar a gran parte de la sociedad y son insuficientes para explicar que las sumas que el senador transportaba sin declarar su origen no sean el producto de su voto, que fue en contra de la posición del bloque que integraba por decisión de casi la mitad de los entrerrianos que lo puso en la banca para que represente los intereses provinciales y los que se explicitaron en la “plataforma” propuesta a la sociedad.

Es interesante señalar que la Ley de Bases está en la Corte para su tratamiento. La misma Corte que fue tan diligente con el recurso de queja de Goyeneche, no toma posición respecto de una norma tachada de inconstitucional –que está vigente a pesar de aquellos señalamientos- por un amplio abanico que incluye juristas y constitucionalistas que provienen de paradigmas enfrentados. 

También se puede incluir en la lista de cuestiones pendientes de la Corte el planteo de nulidad que hizo la defensa del sacerdote Justo Ilarraz, de prescripción de los hechos por los que fue condenado en Entre Ríos mientras se esperaba aquella resolución. Otro paralelismo con el derrotero de la situación de Urribarri y compañía estriba en que el ex gobernador fue a dar con sus huesos a la cárcel –la foto más esperada-, mientras que el cura sigue con arresto domiciliario a pesar de que su causa siguió el mismo camino que el del ex gobernador condenado.

Grogui
El peronismo entrerriano quedó al borde del nocaut. A poco más de dos meses de “regularizar” la vida institucional del PJ entrerriano, los hechos echaron por tierra las argumentaciones que sostuvieron a Kueider en su banca y en el partido después de haber votado el despropósito que se dio en llamar Ley Bases. También quedarán como recuerdos de la antología peronista cómo importantes figuras del justicialismo entrerriano, que están al frente del partido desde hace décadas, pasaron de sostener a Kueider minimizando las acusaciones de “traidor” a decir “no nos podemos hacer cargo de alguien que nos traicionó y tomó la determinación de jugar dentro del LLA”. 

A días de haber ¿traicionado? Kueider armó bloque aparte y coqueteó con ser candidato de la LLA en Entre Ríos. Las especulaciones indican que sería para “quebrar” el peronismo entrerriano. La pregunta de sentido común es: ¿cómo se podría quebrar algo que ya está quebrado? El “soñador” y el “transparente” algo tienen que ver con la situación en la que está el PJ en la provincia. En este escenario cobran sentido los cuestionamientos a la elección a “dedo” de los candidatos, sin participación de las bases o de expresiones “rebeldes” o minoritarias del justicialismo. Todas estas conductas tienen en común un hecho de suma gravedad: debilitan y dejan sin la imprescindible herramienta política para modificar la realidad a las clases sociales vulnerables o poco favorecidas con las políticas libertarias.

Goyeneche y Urribarri comparten un insólito punto en común y tiene que ver con la posibilidad de recurrir las resoluciones que les fueron adversas hasta que no queden instancias para hacerlo. Dejando de lado especulaciones extrajudiciales o motivaciones políticas que sería mejor que quedaran ocultas debajo de una alfombra, es el sistema político judicial el que tiene la llave para salir de la situación de estancamiento por “conflicto permanente” que hoy asquea y aleja a la sociedad de sus representantes y sus magistrados. Y no será con el infantil argumento del “espejito rebotín, a mí me rebota y a vos te explota” como se superará la preocupante degradación de la institucionalidad entrerriana, que es reconocida a nivel nacional e internacional.

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